Durante el año 2025 se concretó uno de los avances más significativos para el fortalecimiento académico y administrativo del DAU: la presentación, tratamiento y aprobación de las modificaciones al Reglamento de la Carrera. Este logro constituye el resultado de un proceso sostenido de trabajo colectivo, desarrollado a lo largo de dos años y sostenido por dos gestiones consecutivas del Comité Académico, orientado a garantizar mayor claridad normativa, optimizar los procesos internos y fortalecer las trayectorias formativas de las y los doctorandos.
El proceso de revisión del Reglamento se inició en la gestión anterior y fue continuado y consolidado por el Comité Académico actuante. Las modificaciones propuestas surgieron del análisis de situaciones concretas, del seguimiento de casos y de la consideración de las necesidades expresadas por las y los doctorandos en diversas instancias de diálogo. Todas las modificaciones fueron discutidas, acordadas y formalizadas en actas del Comité Académico como puede observarse en el apartado “Síntesis de temas tratados en reuniones de Comité Académico”.
Las reformas aprobadas apuntan a mejorar la calidad y eficiencia de los procesos académicos, y se sintetizan en los siguientes ejes:
- Se precisó la inclusión de instancias de revisión y talleres de tesis dentro del Módulo de Revisión y Profundización, aportando mayor coherencia entre los tramos formativos y su evaluación.
- Se ajustó la carga de créditos y se determinó que las equivalencias quedarán sujetas a la evaluación del Comité Académico. Se eliminó la posibilidad de acreditar cursos de grado por las dificultades administrativas y académicas para su validación. En su lugar, se habilitó la consideración de actividades estrictamente de posgrado, tal como se estableció en el Acta N.º 152.
- Para casos de avances de tesis significativos, se habilitó que el Comité Académico pueda autorizar la realización del módulo faltante en otra carrera de posgrado de la FAUD o en otra institución académica.
- Se estableció un marco explícito para el uso de Inteligencia Artificial (IA) en los procesos de investigación doctoral. Se autoriza su empleo con fines de apoyo académico (redacción, traducción, organización de ideas, gráficos), con obligación de declaración en todos los documentos formales. Queda prohibido utilizar IA para producir contenidos sustantivos, resultados, discusiones o referencias inexistentes. El/la tesista mantiene plena responsabilidad sobre la originalidad y validez del trabajo.
- Se definieron requisitos académicos claros: aprobación del 50% del Módulo Obligatorio y del primer Taller de Tesis. Se fijó un plazo máximo de 90 días para su presentación y se estableció un límite de 20 páginas para su extensión, orientado a promover claridad, síntesis y coherencia metodológica.
- Se reorganizaron artículos para mejorar la secuencia lógica del reglamento (por ejemplo, la disposición sobre prórrogas inmediatamente después de las condiciones de presentación). Se estableció un plazo de 30 días para el dictamen del Comité Evaluador sobre el Plan de Tesis, con una posible prórroga de 15 días; y se aclaró que todos los plazos se suspenden automáticamente durante recesos académicos. Esto mejora la previsibilidad para estudiantes y comités evaluadores.
- Se incorporó un nuevo artículo que exige actualizar los Planes de Tesis con más de tres años y medio desde su aprobación, garantizando su pertinencia frente a cambios disciplinares, contextuales o metodológicos.
- Condiciones para la dirección y codirección de tesis: se fijó un máximo de cinco tesis por persona (sea dirección o codirección) y se estableció que al menos una de las personas a cargo debe acreditar actividad académica reciente (últimos dos años), asegurando un acompañamiento activo y actualizado para cada doctorando/a.
- Se aclaró que los plazos para dictaminar la Tesis Doctoral se suspenden durante los recesos institucionales, otorgando mayor exactitud en el cómputo de tiempos.
- Se dispuso que el nuevo Reglamento es aplicable a todas las cohortes del DAU.
La aprobación de este Reglamento representa un avance clave para el DAU. No solo actualiza y ordena los procesos académicos, sino que también establece un marco acorde con las exigencias actuales de la formación doctoral.

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